Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 205

SANCIONA CON CESANTÍA -  D.K.R. - FC 480.319 - MAESTRA BIBLIOTECARIA - PRIMARIA - ESCUELA 9 - DISTRITO ESCOLAR 7

Estado no verificadoPublicación B.O.: 03/06/2025Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ordenanza 40.593 y la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1.510/97 (textos consolidados por Ley 6.764), la Resolución 1440-MEDGC/24, el Expediente EX-2024- 5613062-GCABA-DGCLEI, y CONSIDERANDO: Que por Resolución 1440-MEDGC/24 se dispuso la instrucción del sumario administrativo 194/24 a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades a que hubiera lugar en relación a la situación irregular en que se hallara incursa la agente D.K.R. (FC 480.319), en su carácter de Maestra Bibliotecaria de Primaria de la Escuela 9 del Distrito Escolar 7, quien solicitó una licencia médica a través de la plataforma MIA (Mi Autogestión), presentando un certificado médico presuntamente apócrifo; Que abierta la etapa de instrucción en mérito de los antecedentes y de las pruebas recabadas se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria de la agente D.K.R. (FC 480.319), la que fue desarrollada por ante el organismo instructor; Que habida cuenta de las constancias obrantes en el expediente, se formularon los cargos administrativos correspondientes; Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia y acordó por unanimidad con los cargos formulados por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires; Que la agente en cuestión fue debidamente notificada de los cargos formulados como así también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y prueba, presentando su correspondiente defensa; Que habiendo sido notificada del plazo para alegar, la agente D.K.R. (FC 480.319) hizo uso del mismo; Que no restando medios de prueba pendientes de producción se dispuso la clausura de la etapa de instrucción; Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires mediante Dictamen Jurídico identificado como IF-2025-05588245- GCABA-DGSUM, luego de un pormenorizado análisis de los hechos, del descargo formulado por la agente, de las pruebas colectadas y teniendo por probada la ocurrencia de los hechos disvaliosos, aconsejó sancionar con cesantía a la agente D.K.R. (FC 480.319), por haber sido hallada responsable de los cargos formulados en el Sumario Administrativo 194/24 y con ello transgredir gravemente los deberes establecidos en los incisos c), d) y g) del Artículo 6 de la Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6.764), quedando aprehendida su conducta en la previsión contemplada en el Artículo 36 inciso f) de la citada Ordenanza; Que el Procurador General de la Ciudad de Buenos Aires acordó con la sanción aconsejada; Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención mediante Dictamen de Firma Conjunta identificado como IF-2025-07819622-GCABA-DGCDO, coincidiendo por unanimidad con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires; Que la Dirección General Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación ha tomado la intervención de su competencia; Que conforme surge de los actuados la docente no se encuentra amparada con mandato gremial consagrado por la Ley Nacional 23.551; Que en virtud de lo expuesto, lo dictaminado oportunamente por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires y la valoración efectuada sobre los elementos probatorios y demás constancias obrantes en el Expediente, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y el Artículo 38 de la Ordenanza 40.593, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sancionar con cesantía a la agente D.K.R. (FC 480.319) por haber sido hallada responsable de los cargos formulados en el Sumario Administrativo 194/24 y con ello transgredir los deberes establecidos en los incisos c), d) y g) del Artículo 6 de la Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6.764), quedando aprehendida su conducta en la previsión contemplada en el Artículo 36 inciso f) de la citada Ordenanza. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la Ministra de Educación y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notificar a la agente D.K.R. (FC 480.319), en los términos del Artículo 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, con copia del Dictamen Jurídico IF-2025-05588245-GCABA-DGSUM, haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles el recurso de reconsideración de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ordenanza 40.593 o el recurso previsto en el Artículo 466 del Código Contencioso Administrativo y Tributario aprobado por Ley 189 (textos consolidados por Ley 6.764). Comunicar a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Dirección General Asuntos Jurídicos dependiente del Ministerio de Educación. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archivar. MACRI - Miguel - Sánchez Zinny