Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10813

Ley 10813/1989 - TRANSFIRIENDO AL DOMINIO DEL PARTIDO JUSTICIALISTA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES UN INMUEBLE UBICADO EN LA LOCALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 04/10/1989
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 10813 LEY 10813 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Transfiérase el dominio del Partido Justicialista de la Provincia de Buenos Aires, a título gratuito, el inmueble inscripto a nombre del Fisco de la Provincia de Buenos Aires, ubicado en la calle Boulevard Villegas N° 150/58 de la ciudad de Trenque Lauquen, cuya designación catastral corresponde a la Circunscripción I, Sección A, Manzana 52, Parcela 13, Matrícula 3755, Trenque Lauquen (107). ARTICULO 2.- Facúltase al Poder Ejecutivo a otorgar la respectiva escritura traslativa de dominio por ante la Escribanía General de Gobierno. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.