Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 449
ACEPTA - CESIÓN GRATUITA - INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (IVC) - A FAVOR DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, La Ley Nacional 17.801 y sus modificatorias, las Leyes 1.218, 1.251 y 5.798 (textos consolidados por la Ley 6.764), el Decreto 200/18, el Expediente EX-2025-44235773- -GCABA-IVC, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, tramita la cesión a título gratuito por parte del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de superficies de terreno destinadas a vía pública y uso público, correspondientes a calles, senderos y ochavas delimitadas en el plano de Mensura Particular con Fraccionamiento y Cesión de Vía Pública M-0199-2025; Que la Ley 5.798 tiene por objeto la reurbanización, zonificación e integración social, cultural y urbana del Barrio Rodrigo Bueno, con la permanencia de los vecinos en el mismo, ello basado en los principios de igualdad, de justicia espacial, integración, no discriminación y del derecho a la Ciudad; Que la reurbanización, zonificación, e integración social, cultural y urbana del Barrio Rodrigo Bueno, prevista por la normativa supra referenciada, incluye la ejecución de obras de viviendas, apertura de vías públicas, ordenamiento parcelario, infraestructura, equipamiento y regularización dominial, siendo para ello de vital importancia la cesión de marras; Que mediante el Decreto 200/18 el Gobierno de la Ciudad transfirió a título gratuito, a favor del Instituto de Vivienda, el inmueble de dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sito en la Av. España sin número, identificada catastralmente como Circunscripción 21, sección 98, manzana 63, parcela 1b, en cumplimiento de lo dispuesto por las Leyes 1.251 y 5.798; Que por Acta de Directorio 4768/18, de fecha 4 de julio de 2018, el Directorio del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aceptó dicha transferencia; Que la Dirección General Regularización Dominial, Notarial y Consorcial del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires manifestó la necesidad de disponer la transferencia de dominio a título gratuito en favor del Gobierno de esta Ciudad, para su incorporación al dominio público y su consecuente baja registral, de los polígonos que surgen del mencionado Plano de Mensura Particular con Fraccionamiento y Cesión de la Vía Pública M-0199-2025; Que el artículo 6° de la Ley 1.251 faculta al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a transferir al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el dominio en forma onerosa o gratuita, según corresponda, de todos aquellos bienes inmuebles que resulten necesarios para el desarrollo de la función pública; Que la Dirección General Registro de Obras y Catastro de la Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Urbano dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, procedió a registrar el plano correspondiente al inmueble de esta Ciudad sito en la Av. España N° 1830, Micaela Bastidas N° 880/910/990/1010/1090/1110, Yma Sumac N° 911/1051/1151 (Nomenclatura catastral: Sección 098, Manzana 063P, Parcela 001); Que el referido inmueble corresponde al dominio del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la protocolización del Plano de Mensura Particular con Fraccionamiento y Cesión de Vía Pública M-0090-2022, efectuada por la Dirección General Escribanía General, mediante Testimonio Administrativo, inscripto ante el Registro de la Propiedad Inmueble; Que el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió por Acta de Directorio 8954/2025, la cesión a título gratuito a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de las tierras correspondientes a inmuebles de propiedad del citado Instituto con destino a vía pública y uso público, con superficies de calles, senderos y ochavas delimitadas en el plano de mensura registrado: Plano M-0199- 2025, con dirección en Av. España N° 1830, Micaela Bastidas N° 880/910/990/1010/1090/1110, Yma Sumac N° 911/1051/1151 (Nomenclatura catastral:
Sección 098, Manzana 063P, Parcela 001) que fueron efectivamente incorporadas a la
vía pública; Que, por lo expuesto precedentemente, resulta necesario aceptar la transferencia efectuada por el mencionado Instituto y autorizar a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica a realizar todas las acciones tendientes a efectivizar la cesión gratuita a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado debida intervención conforme Ley 1.218; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Aceptar la cesión gratuita efectuada por el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino a vía pública y uso público de las superficies de las calles, senderos y ochavas delimitadas en el plano de mensura particular con fraccionamiento y cesión de la vía pública Plano M-0199-2025, con dirección en Av. España N° 1830, Micaela Bastidas N° 880/910/990/1010/1090/1110, Yma Sumac N° 911/1051/1151 (Nomenclatura catastral: Sección 098, Manzana 063P, Parcela 001) de esta Ciudad. Artículo 2°.- Autorizar a la Dirección General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica a instrumentar la transferencia de las superficies detalladas en el artículo 1° e inscribirlas mediante escritura pública y/o documento administrativo en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, a nombre del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el Ministro de Desarrollo Humano y Hábitat, por el Ministro de Hacienda y Finanzas y por el Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana y al Ministerio de Infraestructura. Para su conocimiento y demás efectos, pasar a la Dirección General Escribanía General de la Secretaría Legal y Técnica. Cumplido, archivar. MACRI - Mraida - Arengo Piragine - Sánchez Zinny Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRA DECRETO 200 2018 <p>Artículo 1° del Decreto 449/25 acepta la cesión gratuita efectuada por el Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (IVC) a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inmueble que fuera transferido a título gratuito, por el GCBA a favor del Instituto de Vivienda mediante el Decreto 200/18.</p>