Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6237
Ley 6237/1960 - LEY GENERAL DE EXPROPIACIONES. SUSTITUCION DEL ART. 45 DE LA LEY 5708, SOBRE RETROCESION.
LEY 6.237 E e LEY GENERAL DE EXPROPIACIONES ; : Sustitución del artículo 45° de la ley 5.708, sobre retrocesión 4 q El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, 3 i i sancionan con fuerza de e ME LEY 4 : ; i Art. 1° Sustitúyese el artículo 45% de la ley 5.708, por el si- i guiente: 4 i “Art, 459 El propietario expropiado puede retrotraer el bien en a i los casos siguientes: . 3 ; a) Cuando el expropiante destine el bien a un objeto diverso E ; del establecido como causa de la expropiación, salvo que el a i , cambio de destino sea autorizado por ley. E : i b) Cuando, pasados cuatro años desde la desposesión o vencido 4 e el plazo que fije la ley especial para el cumplimiento de la E: z | finalidad, no se hubiere dado al bien el destino previsto. q a . Es previa a la acción de retrocesión la interpelación judicial A formulada en los respectivos autos de expropiación, la que se hará : i Ñ bajo el apercibimiento de promoverla si, dentro del plazo de un año, 3 . a contar desde la notificación, no se diere al bien el destino pre- q i visto. q 1 La demanda de retrocesión, deberá ser acompañada de la con- y signación del importe recibido por el expropiado, por todo concepto, 4 en oportunidad de la expropiación. a Se reputa cumplido el destino previsto cuando hubieran co- 4 ; menzado los trabajos preparatorios de la obra. 4 \ Art. 2% La presente ley se aplicará a los juicios de retrocesión 7 a : en trámite en los que no se hubiere recaído sentencia definitiva. - q Art. 3° Comuniquese al Poder Ejecutivo. a Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia dé Bue- E nos Aires, en la ciudad de La Plata, a trece días del mes de enero de mil novecientos 3 sesenta. = ABEL ARRESE. ARTURO A, CROSETTI. = Pedro Leo Corbella, Juan José M. Raimondi, a Secretario de la C. de DD. Secretario del Senado. E | o = : nel 3 7 a E i - a lo tio EF wa 4 ‘iil F A : thy q 4 A i a — 349 — i : . ‘ it . si : Departamento de Obras Públicas. Hi eye Le Plata, 27 de enero de 1960. i: | : i Ñ - » 2 5 A I o Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín all Oficial” y archívese. silty ALENDE. Bt Horacio J. Zupirt. | Decreto 758, i | iat |. : Registrada bajo el número seis mil doscientos treinta y siete ; it : (6,237). . i Feurps Díaz O'KELLY. 0 — tl TRAMITE LEGISLATIVO 7 I! Ñ iat J Proyecto de los senadores Mársico y Stamboni, entrado en Senado el 30 de oc- i {| tubre de 1959, i Aprobado el 10 de diciembre de 1959. i Sancionado en Diputados el 13 de enero de 1960. Wy Promulgada el 27 de enero de 1960. il Publicada en el ‘‘Boletim Oficial” el 3 de febrero de 1960. |