Nación · Ley N° 24944

Ley 24944 - CREASE EL COMITE ORGANIZADOR DE LOS FESTEJOS DEL TERCER MILENIO, MILENIUM, EN EL AMBITO DEL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION. INTEGRACION Y FUNCIONES.

Estado no verificadoSanción: 04/03/1998Publicación B.O.: 01/04/1998Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 24.944 del 26/3/98 TERCER MILENIO Ley 24.944 Créase el Comité Organizador de los Festejos del Tercer Milenio, Milenium, en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación. Integración y funciones. Sancionada: Marzo 4 de 1998. Promulgada: Marzo 26 de 1998. B.O: 1/04/98 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º- Crease en el ámbito de este Honorable Congreso el Comité Organizador de los Festejos del Tercer Milenio, en adelante Milenium. ARTICULO 2º- Milenium estará integrado por representantes del gobierno nacional de las áreas de: Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos; Secretaría de Turismo; Secretaría de Industria, Comercio y Minería; Secretaría de Cultura; representantes de los gobiernos provinciales, legisladores nacionales y representantes de las cámaras empresariales. ARTICULO 3º- Serán funciones de Milenium: a) Evaluar distintas alternativas para la celebración del fin de siglo, b) Generar una propuesta consensuada con todos los sectores y promover la divulgación de la misma, teniendo presente que esta deberá estar dirigida a incrementar el turismo en todas las regiones del país; c) A partir de la fecha de promulgación de la presente los integrantes de Milenium tendrán un plazo de ciento ochenta (180) días para presentar oficialmente el programa de festejos y turismo para la celebración de la llegada del tercer milenio. ARTICULO 4º- Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. -REGISTRADA BAJO EL Nº 24.944- ALBERTO R. PIERRI.-CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi. Decreto 342/98 Bs. As., 26/3/98 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 24.944, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Carlos V. Corach.