Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12147

Ley 12147/1998 - DECLARANDO DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN INMUEBLE UBICADO EN EL PARTIDO DE QUILMES- QUE SERÁ TRANSFERIDO A LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DE ESCUELA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/07/1998
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 12147 LEY 12147 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el partido de Quilmes, designado catastralmente como Circ. V, Sec. H, Manz. 83b, Parc. 3, inscripto su dominio en la Matrícula 56.370 de Quilmes, a nombre de los cónyuges en primeras nupcias Angel Perea y Cecilia Susana del Socorro Cruz y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTICULO 2.- El inmueble expropiado será transferido a la Dirección General de Cultura y Educación con destino a la ampliación del edificio de la Escuela Nº 35 del partido de Quilmes. ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente Ley. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.