Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13680

Ley 13680/2007 - INSTITÚYESE EL CERTAMEN ANUAL DE EXPERIENCIAS INNOVADORAS “DISCAPACIDAD E INTEGRACIÓN". (PREMIO)

Estado no verificadoPublicación B.O.: 14/06/2007
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Ley 13680 LEY 13680 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Institúyese el Certamen Anual de Experiencias Innovadoras “Discapacidad e Integración”, cuyo objetivo será reconocer y premiar las experiencias que en este campo se desarrollen en la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 2.- El Premio instituido por el artículo 1° de la presente Ley, consistirá en una medalla, un diploma y una suma de dinero que será determinada en la reglamentación. Los premios serán entregados cada año en la Honorable Cámara de Senadores en el mes de octubre. ARTICULO 3.- Los distintos distritos de la Provincia de Buenos Aires tendrán derecho a elevar a través de las instituciones públicas e intermedias que correspondan, su propuesta a la Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia del Honorable Senado para su correspondiente evaluación. ARTICULO 4.- La Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia del H. Senado de la Provincia de Buenos Aires deberá, en el término de sesenta (60) días, establecer el reglamento de la presente norma y dictar las pautas de evaluación a aplicar para la selección de las experiencias premiadas. ARTICULO 5.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados a la partida que corresponda del presupuesto del Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires. ARTICULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.