Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5290

Ley 5290/1948 - ERECCION DE UNA ESTATUA A DON FAUSTINO SARMIENTO EN LA CIUDAD DE LA PLATA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/10/1948
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 5290 LEY 5290 Erección de una estatua a don Faustino Sarmiento en la ciudad de La Plata. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- Por la presente Ley se dispo­ne la erección de una estatua a don Do­mingo Faustino Sarmiento, la que se le­vantará en la ciudad de La Plata. ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo llamará a concurso de proyectos, para la erección de la estatua, dentro de los noventa días de promulgada la presente Ley. Para la designación del jurado, el Poder Eje­cutivo, tendrá en cuenta la capacidad artístico-técnica de los miembros que lo integren, o bien que sean peritos de reconocida autoridad en la materia. ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo nombrará una Comisión de Vecinos que correrá con la organización y ejecución de los trabajos, y recibirá en caso de ser necesario, aportes provenientes del pueblo de la Provincia que quiera contribuir voluntariamente a esta obra. ARTÍCULO 4.- Autorízase al Poder Ejecuti­vo a invertir, para tal fin, hasta la can­tidad de doscientos mil pesos moneda nacional ($ 200.000 m/n ), que se pagará de Rentas Generales con imputación a la presente. ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecu­tivo.