Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 10090
Decreto-ley 10090/1983 - SUSTITUYESE EL ART.2 DE EL DEC-LEY 7810 TEXTO SEGUN DEC-LEY 9250(DEROGADA POR ESTA MISMA LEY)REFERENTE A AMPLIACION DE PLAZOS PARA CONSTRUCCION DE LA ESCUELA NACIONAL DE COMERCIO "FLORENCIO VARELA".(DL:10090/83)
Reformas y relaciones normativas
1Decreto-ley 10090/1983 DECRETO-LEY 10090/83 LA PLATA, 10 de NOVIEMBRE de 1983. VISTO lo actuado en el expediente número 2207-12.376/68 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Sustitúyese el artículo 2 de la Ley 7810 –texto según Ley 9250-, por el siguiente: “Artículo 2.- Establécese el plazo de cuatro (4) años a partir del 17 de Enero de 1981 para el cumplimiento del destino establecido en el artículo 1”. ARTICULO 2.- Derógase la Ley 9250. ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.