Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13681

Ley 13681/2007 - TRANSFIERE AL ESTADO NACIONAL, UN PREDIO UBICADO EN EL PARTIDO DE GENERAL LAVALLE CON CARGO DE INCORPORARLO BAJO LA LEY 22351 DE PARQUES NACIONALES, MONUMENTOS NATURALES Y RESERVAS NACIONALES, BAJO EL NOMBRE GENÉRICO DE PARQUE NACIONAL “CAMPOS DEL TUYÚ”.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/06/2007
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 13681 LEY 13681 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Transfiérese al Estado Nacional, la jurisdicción sobre un predio de 3.040 hectáreas y fracción cuyos límites se describen en el Anexo I que forma parte de la presente, ubicado en el Partido de General Lavalle con cargo de incorporar el área descripta al sistema de la Ley 22.351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, bajo el nombre genérico de Parque Nacional “Campos del Tuyú”. ARTICULO 2.- La transferencia de jurisdicción al que se refiere el artículo precedente, quedará automáticamente sin efecto si el Estado Nacional, dentro del plazo de dos (2) años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, no promulgase la ley de declaración de Parque Nacional a que se refiere el Artículo 1º de la citada Ley 22.351. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

ANEXO I

La totalidad del inmueble situado en la Provincia de Buenos Aires denominado “Reserva de Vida Silvestre Campos del Tuyú”, propiedad de la Fundación Vida Silvestre Argentina, que tiene una superficie de 3.040 ha. 89ª 88ca, correspondientes al Registro Catastral de la Provincia de Buenos Aires a las parcelas 33d y 33c (parcialmente), de la circunscripción IV Su límite norte es el Río de la Plata y su límite sur son las estancias denominadas La Linconia y Las Tijeras, su límite oeste es la Ría de Ajó y su límite este es el Arroyo Las Tijeras. El inmueble fue inscripto en el Registro de la Propiedad de inmueble de la Provincia de Buenos Aires identificado como Parcela 33-d (42-3-85) y Parcela 33-f (42-3-88), y (ii) las construcciones, instalaciones y mejoras incorporadas en dicho inmueble a la fecha o que se incorporen a este en el futuro.