Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6822
DECLARA - BIEN INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - PCCABA- CATEGORÍA COLECCIONES Y OBJETOS - COLECCIÓN BIBLIOGRÁFICA HISTÓRICA DEL INSTITUTO DE ZOONOSIS LUIS PASTEUR
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Se declara Bien Integrante del Patrimonio Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (PCCABA), en la categoría Colecciones y Objetos, según los términos del artículo 4° inciso h) de la Ley 1227, a la Colección Bibliográfica Histórica del Instituto de Zoonosis Luis Pasteur, sito en Avenida Díaz Vélez 4821, Circunscripción 7, Sección 45, Manzana 122, Parcela 000. Art. 2°.- El Poder Ejecutivo debe asentar en el Catálogo de Bienes Culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según lo establecido en Artículo 10 de la Ley 1227, los bienes declarados en el artículo 1°. Art. 3°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi Buenos Aires, 3 de octubre de 2025 Mediante la presente certifico que la Ley 6.822, que tramita por el expediente EX- 2025-39153405-GCABA-DGCCN sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 4 de septiembre de 2025, quedó automáticamente promulgada el día 30 de septiembre de 2025. Ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por lo expuesto, ordeno su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; así como su comunicación a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa, y al Ministerio de Cultura. Cumplido, archivar. Kamian Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle APRUEBA LEY DE APROBACIÓN INICIAL 2024