Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5838

Ley 5838/1955 - ESTABLECIENDO EL PLENO EJERCICIO DE LA JURISDICCION PROVINCIAL SOBRE LA ISLA MARTIN GARCIA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 14/09/1955
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 5838 LEY 5838 Texto Actualizado con las modificaciones de la ley 7580.- NOTA: Ver Leyes 10513, 11242 y 12103. ESTABLECIENDO EL PLENO EJERCICIO DE LA JURISDICCION PROVINCIAL SOBRE LA ISLA MARTIN GARCIA EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- De conformidad con la Ley Nacional N° 14.411 establécese el pleno ejercicio de la jurisdicción provincial sobre la isla Martín García. ARTICULO 2.- ( Texto según Ley 7580) La Isla Martín García formará parte del partido de La Plata a los efectos jurisdiccionales y legales. ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo adoptará las medidas que sean necesarias para asegurar la normal prestación de los servicios a cargo del Estado, facultándoselo a crear los establecimientos, oficinas y delegaciones que correspondan. ARTICULO NUEVO .( Texto incorporado por ley 7580) Declárase a la isla Marín García parque y reserva recreativa provincial sometido al régimen prescripto por la ley 5254 y sus modificatorias. ARTICULO 4.- Créase con jurisdicción en la isla Martín García una Alcaldía. ARTICULO 5.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se atenderán con cargo a Rentas Generales. ARTICULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.