Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7011

Ley 7011/1965 - ACUEDUCTO DE UNA LA PLANTA PURIFICADORA DE AGUA DE PUNTA LARA CON LA CIUDAD DE QUILMES.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 26/02/1965
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 7011 LEY 7011 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- El Poder Ejecutivo procederá a realizar los estudios, proyectar y construir un acueducto que una la Planta Purificadora de Agua de Punta Lara con la ciudad de Quilmes. ARTICULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a celebrar convenios relativos al régimen de distribución de agua corriente, con las municipalidades cuyas jurisdicciones territoriales resulten afectadas por la construcción del citado acueducto. ARTICULO 3.- Los trabajos a que se refiere el artículo 1 de la presente ley, serán incluidos en el Plan de Obras Públicas, del período presupuestario posterior a la finalización de los proyectos. ARTICULO 4.- Los fondos para atender el gasto que demanden los trabajos preparatorios de la obra prevista en la presente ley, se tomarán de Rentas Generales, con imputación a la misma. ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.