Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 383

SE SANCIONA CON CESANTÍA - ALEJANDRA EVA ARRUBE - SUMARIO ADMINISTRATIVO N° 15-16.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 07/12/2021Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 y la Ordenanza N° 40.593 (Textos Consolidados conforme Ley N° 6.347), la Resolución N° 4.174-MEGC/16, el Sumario Administrativo N° 15/16, el Expediente N° 33.241.351-GCABA-DGCLEI/21, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 4.174-MEGC/16, se dispuso la instrucción del Sumario Administrativo N° 15/16, a fin de investigar los hechos y deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder como consecuencia del desempeño irregular de la docente Alejandra Eva Arrube; Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria a la agente Alejandra Eva Arrube (DNI N° 24.204.669 - F.C. N° 370.498); Que, habida cuenta de las pruebas obrantes, se le formularon los respectivos cargos administrativos; Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia y acordó con el reproche formulado; Que la agente Arrube, fue debidamente notificada de su derecho a tomar vista de las actuaciones para ofrecer descargo y prueba, así como también se le concedió vista y plazo para alegar, omitiendo en ambos casos la encartada hacerlo, dándosele por decaído su derecho; Que, posteriormente, se dispuso la clausura de la instrucción; Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, en su Dictamen identificado como N° IF-2020-26270979-GCABA- DGSUM, aconsejó sancionar con cesantía a la agente Alejandra Eva Arrube (DNI N° 24.204.669 - F.C. N° 370.498), por haber sido hallada responsable de los cargos formulados en autos, y con ello transgredir los deberes establecidos en el artículo 6°, incisos d), g) e i), de la Ordenanza N° 40.593 (Texto Consolidado conforme Ley N° 6.347), quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el artículo N° 36, inciso f), del citado plexo normativo; Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención, mediante Dictamen de Firma Conjunta identificado como N° IF-2020-29209080-GCABA-DGCDO, coincidiendo con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires; Que la Subsecretaría Carrera Docente ha informado que la agente no posee carácter de delegada ni cuenta con tutela gremial vigente; Que, atento a ello, corresponde se dicte el acto administrativo aplicando la sanción de cesantía; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio de Educación ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los-Artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Artículo 38 de la Ordenanza N° 40.593, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Sanciónase con cesantía a la agente Alejandra Eva Arrube (DNI N° 24.204.669 - F.C. N° 370.498), por haber sido hallada responsable de los cargos formulados en el Sumario Administrativo N° 15/16, y con ello transgredir los deberes establecidos en el Artículo 6°, incisos d), g) e i), de la Ordenanza N° 40.593 (Texto Consolidado conforme Ley N° 6.347), quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el Artículo N° 36, inciso f), del citado plexo normativo. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada Alejandra Eva Arrube (DNI N° 24.204.669), en los términos del Artículo 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (Texto Consolidado conforme Ley N° 6.347), haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles, el recurso de reconsideración, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 50 de la Ordenanza N° 40.593 o el recurso previsto en el artículo 464 del Código Contencioso Administrativo y Tributario, aprobado por Ley N° 189. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Dirección General Coordinación Legal e Institucional, dependiente del Ministerio de Educación y a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Miguel