Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 99
SE MODIFICA - ARTÍCULO 1 - DECRETO 209-19 - RÉGIMEN DE PATROCINIO DE LA CIUDAD - JEFATURA DE GOBIERNO - SE DESIGNA AL MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN - AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY 6163
VISTO: La Leyes Nros. 6.163 y 6.292 (textos consolidados por Ley N° 6.347), el Decreto N° 209/19, el Expediente Electrónico N° 9723713-GCABA-DGDPR/22, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 6.163 creó el Régimen de Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de propiciar la participación de personas humanas o jurídicas de carácter privado en el Sector Público de la Ciudad, como una actividad publicitaria específicamente regulada conforme los términos del artículo 1° de la Ley N° 2.936; Que la mencionada Ley, entiende como Patrocinio al aporte económico de carácter no tributario que realicen las personas humanas o jurídicas de carácter privado en contraprestación a la difusión del nombre, denominación, marca, imagen, productos y/o servicios del patrocinador en sedes, instalaciones, programas, actividades y/o eventos públicos, entre otros, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el citado plexo normativo, establece en el artículo 7° que el Poder Ejecutivo designará a la Autoridad de Aplicación del Régimen de Patrocinio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 209/19 se designó a la Subsecretaría de Contenidos de la Jefatura de Gobierno como Autoridad de Aplicación de la citada Ley; Que, por otra parte, por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual estableció las competencias del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, entre las que se encuentran las de "Entender y diseñar políticas tendientes a promocionar el desarrollo económico integral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y fomentar la actividad productiva y sustentable en áreas estratégicas."; Que, teniendo en miras la mejora en la eficiencia y la eficacia de la gestión como objetivos primordiales que guían la adopción de las políticas públicas por parte de esta Administración, lo cual se traduce en el dinamismo de su estructura organizativa, adaptable a los fines de acompañar la consecución de aquellos, resulta conveniente modificar la Autoridad de Aplicación designada para el régimen aludido; Que, en virtud de ello y de las competencias otorgadas al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, se propicia por el presente modificar el artículo 1° del Decreto N° 209/19, con el objeto de designar al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, u organismo que en un futuro lo reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.163. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° del Decreto N° 209/19, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.- Desígnase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción u organismo que en el futuro lo reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.163." Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Desarrollo Económico y Producción, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA Giusti Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICA DECRETO 209 2019 <p>Artículo 1° del Decreto N° 99/22 sustituye el artículo 1 del Decreto N° 209/19.</p> INTEGRADA POR RESOLUCIÓN 319 2022 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION <p>Art. 2 de la Resolución 319/MDEPGC/22 establece que los proyectos de patrocinio que hubieren sido aprobados con anterioridad a la emisión del Decreto N° 99/22 y que se encontraren vigentes a la fecha de la presente Resolución, serán administrados por la Unidad de Coordinación Gestión de Políticas Productivas y se regirán por los mismos términos y condiciones acordados otorgamiento.</p> INTEGRADA POR RESOLUCIÓN 258 2022 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO Y PRODUCCION <p>Art. 2° de la Resolución N° 258/MDEPGC/22 dispone que los proyectos de patrocinio que hubieren sido aprobados con anterioridad a la suscripción del Decreto N° 99-GCABA/22 y que se encontraren vigentes a la fecha de la presente Resolución, serán administrados por la Dirección General Desarrollo </p>