Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9409

Decreto-ley 9409/1979 - DESAFECTAR DESTINO ORIGINARIO DE INMUEBLE FISCAL UBICADO EN EL PARTIDO DE CASTELLI Y POSTERIOR DONACION AL ARZOBISPADO DE LA PLATA, CON DESTINO A TEMPLO, CASA PARROQUIAL, ETC.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 17/09/1979
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9409/1979 DECRETO-LEY 9409/79 Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por el Dec-Ley 9796/81. LA PLATA, 4 de SEPTIEMBRE de 1979. VISTO lo actuado en el expediente número 2306-59.301/77 y la au­torización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, ­apartados 2.3. y 4.4. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Desaféctase de su destino originario -reserva de uso público- el inmueble fiscal ubicado en el Partido de Caste­lli, nomenclado catastralmente como: Circunscripción IX, Sección A, Manzana 2, Parcela 4, con situación, dimensiones y linderos que se consignan en el plano aprobado con característica 20-28-57 e inscripto su dominio en la Matricula 859 del Registro del citado Partido. ARTÍCULO 2.-

(Texto según Dec-Ley 9796/81)

Dónase al Obispado de Chascomús el bien descripto en el artículo anterior, con destino a templo, casa parroquial ­y edificaciones dedicadas a la prestación de servicios y actividades sociales, asistenciales, educativas y anexas. ARTÍCULO 3.- Si se cambiare la finalidad establecida en el artículo precedente, se producirá la revocación de la donación y ­reversión del dominio a la Provincia, con todo lo plantado y adherido­ al suelo, sin derecho a reclamo e indemnización alguna por las mejoras introducidas. ARTÍCULO 4.- Extiéndase por ante la Escribanía General de Gobierno, la pertinente escritura de protocolización de las actuaciones administrativas, con la sola comparecencia del representante legal del donatario. ARTÍCULO 5.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.