Nación · Ley N° 18623

Ley 18623 - SUSTITUYASE EL ARTICULO 16 DE LA LEY NRO. 18.503 'S'.

Estado no verificadoSanción: 10/03/1970Publicación B.O.: 25/09/2006Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley "S" 18.623 Bs. As., 10/3/1970 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1º — Sustitúyase el artículo 16 de la Ley Nº 18.503 "S" por el siguiente: "Hasta tanto se determine la "remuneración base" a que se refiere el artículo 9º - inc. 2 de la presente Ley, dicha "remuneración base" será la que correspondía al In. 1, al 1º de diciembre de 1969. ARTICULO 2º — La presente Ley es clasificada "Secreta", regístrese y archívese en la Secretaría de Informaciones de Estado. Firmas