Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5226

Ley 5226/1947 - OTORGA UN SUBSIDIO A LA ASOCIACIÓN "LA CASA DEL NIÑO", ESPECIALMENTE POR LA OBRA QUE REALIZA EN LOMAS DE ZAMORA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 15/12/1947
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 5226 LEY 5226 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a conceder un subsidio por la suma de ($ 60.000 m/n ) sesenta mil pesos moneda nacional, destinados a la Asociación “La Casa del Niño”, como contribución a la obra que realiza en la Provincia, especialmente en la ciudad de Lomas de Zamora. ARTÍCULO 2.- Esta suma será invertida por la Institución en la ampliación de las obras que proyecta “La Casa del Niño” en los pueblos que comprende el partido de Lomas de Zamora, y en particular para habilitación de la nueva casa adquirida en Témperley, calle Almirante Brown 815, que tendrá una capacidad para albergar cincuenta niños. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º se tomará de Rentas Generales, imputándose a la presente. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.