Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 121

SE DESIGNA - MARÍA VICTORIA ALCARAZ - DIRECTORA GENERAL - DIRECCIÓN GENERAL COOPERACIÓN CULTURAL INTERNACIONAL - MINISTERIO DE CULTURA

Estado no verificadoPublicación B.O.: 06/04/2022Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por la Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 463/19 y modificatorios, y 107/22, el Expediente Electrónico N° 11467292-GCABA- DGTALMC/22, y CONSIDERANDO: Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el artículo 2° de la citada Ley contempla, entre los Ministerios del Poder Ejecutivo, al Ministerio de Cultura; Que por Decreto N° 463/19, y modificatorios, se aprobó la estructura orgánico funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del citado Ministerio; Que por Decreto N° 107/22 se modificó, a partir del día 1° de marzo de 2022, la estructura orgánico funcional del Ministerio de Cultura, creándose bajo su dependencia la Dirección General Cooperación Cultural Internacional; Que, en consecuencia, el señor Ministro de Cultura propicia la designación de la señora María Victoria Alcaraz (D.N.I. N° 12.986.110, C.U.I.L. N° 27-12986110-5), como Directora General de la Dirección General Cooperación Cultural Internacional, dependiente del Ministerio de Cultura, a partir del día 12 de marzo de 2022; Que, conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnase, a partir del día 12 de marzo de 2022, a la señora María Victoria Alcaraz (D.N.I. N° 12.986.110, C.U.I.L. N° 27-12986110-5), como Directora General de la Dirección General Cooperación Cultural Internacional dependiente del Ministerio de Cultura, reteniendo sin percepción de haberes la partida N° 5001.0020 GGUAVA11. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Cultura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a la interesada dejando constancia que deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la Ley N° 6.357. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Avogadro - Miguel