Provincia de Buenos Aires · Ley N° 15177
Ley 15177/2020 - PRORROGA POR EL TÉRMINO DE CINCO (5) AÑOS LA VIGENCIA DE LA LEY 12.323 PRORROGADA POR LEYES 14.013 Y 14.609, CONTADOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO DE ESTA ÚLTIMA, ESTO ES, DESDE EL 31/12/2019.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/07/2020
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Ley 15177 LEY 15177 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el término de cinco (5) años la vigencia de la Ley 12323 prorrogada por Leyes 14013 y 14609, contados a partir del vencimiento de esta última, esto es, desde el 31/12/2019. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los dos días del mes de julio de dos mil veinte.