Nación · Ley N° 23973

Ley 23973 - SE REINSTALA LA COMISION NACIONAL DE LUCHA CONTRA EL VINAL, CREADA POR LEY 16532. PROMULGADA DE HECHO EL 12-9-91.

Estado no verificadoSanción: 14/08/1991Publicación B.O.: 18/09/1991Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina Ley 23.973 COMISIONES Reinstálase la Comisión Nacional de Lucha contra el Vinal. Sancionada: Agosto 14 de 1991. Promulgada: Setiembre 12 de 1991. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º - Reinstálase la Comisión Nacional de Lucha contra el Vinal, creada por ley 16.532 del 27 de octubre de 1964. ARTICULO 2º - La Comisión reinstalada deberá entrar en efectivo funcionamiento en el término de noventa (90) días de promulgada la presente ley, a cuyo efecto se implementará la correspondiente previsión presupuestaria. ARTICULO 3º - Dentro de los sesenta (60) días de promulgada, las provincias afectadas por la plaga vinal (prosopis ruscifloria), podrán adherirse y designar sus representantes para integrar la comisión. ARTICULO 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. - ALBERTO R. PIERRI. - EDUARDO MENEM. - Esther H. Pereyra Arandia de Pérez Pardo. - Hugo R. Flombaum. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.