Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5569

Ley 5569/1950 - DONACION DE UNA FRACCION DE TIERRA A LA NACION PARA EL CAMINO MARI LAUQUEN - CATRILO, RUTA Nº 5.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 08/09/1950
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 5569 LEY 5569 Donación de una fracción de tierra a la Nación para el camino Mari Lauquen - Catriló, Ruta Nº 5. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a donar al Superior Gobierno de la Nación, la fracción de tierra designada con la letra (a), que forma parte de la chacra número trece, del pueblo de Teodoro de Bary, ju­risdicción del Partido de Pellegrini, con una superficie de diez mil cuatrocientos metros cuadrados (10.400 m 2 ), con destino a la construcción del tramo del camino Mari Lauquen - Catriló, Ruta número cinco. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.