Nación · Ley N° 17749

Ley 17749 - CREACION DEL CUARTEL EZEIZA DE BOMBEROS DE LA POLICIA FEDERAL.

Estado no verificadoSanción: 24/05/1968Publicación B.O.: 30/05/1968Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley 17.749 CREACION DEL CUARTEL EZEIZA DE BOMBEROS DE LA POLICIA FEDERAL. BUENOS AIRES, 24 de mayo de 1968 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: Creación de la séptima zona- Cuartel Ezeiza de la Dirección de Bomberos de la Policía Federal. ARTICULO 1.- Créase la 7a. Zona -Cuartel Ezeiza- de la Dirección Bomberos de la Policía Federal, con asiento en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza con jurisdicción en el Parque del Aeropuerto Nacional. ARTICULO 2.- (Nota de redacción) (Modificatorio de la ley orgánica de la Policía Federal Decreto Ley 333/58) ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ONGANIA - Borda