Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8708
Decreto-ley 8708/1977 - DEROGA EL ART.19 DE LA LEY 7680, ADQUISICIÓN POR PARTE DE LOS ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN, DE MATERIALES, MERCADERÍAS Y PRODUCTOS DE ORIGEN NACIONAL.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 27/01/1977
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Decreto-ley 8708/1977 DECRETO-LEY 8708/77 La Plata, 18 de Enero de 1977. VISTO lo actuado en el expediente 2300-4780/76 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 176, artículo 1º, apartado 1.1., de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Derógase el artículo 19º de la Ley 7.680, adquisición por parte de los organismos de la Administración, de materiales, mercaderías y productos de origen nacional. ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.