Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 327

NOTA :SE ADVIERTE AL USUARIO QUE EL ARTICULO 1°  DEL DECRETO N° 327-23 DESESTIMA EL RECURSO JERARQUICO SUBSIDIARIO DEL DE RECONSIDERACION INTERPUESTO CONTRA TERMINOS DE LA RESOLUCION N° 108-MJYSGC-19 DE LA CUAL NO SE ENCONTRARON REGISTROS DE SU

Estado no verificadoPublicación B.O.: 17/11/2023Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado Ley N° 6.588), las Resoluciones Nros. 108-MJYSGC/19 y 425-MJYSGC/23, y el Expediente Electrónico N° 12326908-GCABA-DGTALMJYS/22 e incorporados, y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración, interpuesto por la señora Laura Gabriela Gómez (D.N.I N° 21.066.408) contra los términos de la Resolución N° 108-MJYSGC/19, por la que se dispuso su baja definitiva de la Policía de la Ciudad; Que, por Resolución N° 425-MJYSGC/23 se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por la Sra. Laura Gabriela Gómez; Que con fecha 27 de octubre se le notificó la posibilidad de mejorar los fundamentos del recurso jerárquico subsidiario, dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que la señora Laura Gabriela Gómez amplió los fundamentos de su presentación inicial; Que respecto de la presentación recursiva y su ampliación, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete mediante la emisión del Dictamen Jurídico N° IF-2023-41681820-GCABA-DGEMPP, donde indicó que las conclusiones arribadas en el acto administrativo cuestionado no han logrado ser conmovidas por los argumentos vertidos por la recurrente, y que no existen razones para la modificación de la sanción dispuesta; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires tomó la intervención que le compete; Que a tenor de lo expuesto, de las constancias obrantes en estas actuaciones y de lo aconsejado por la Procuración General, corresponde desestimar el recurso incoado. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestimar el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración interpuesto por la señora Laura Gabriela Gómez (D.N.I. N° 21.066.408) contra los términos de la Resolución N° 108-MJYSGC/19. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese a Laura Gabriela Gómez (D.N.I N° 21.066.408), con copia del Dictamen IF-2023- 41681820-GCABA-DGEMPP, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.588), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel