Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 388

PROMULGA LEY 6765

Estado no verificadoPublicación B.O.: 18/12/2024Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se promulga la Ley 6.765 (EX-2024-45624070-GCABADGCCN) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 28 de noviembre de 2024. El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Infraestructura y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, girar copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa y comunicar al Ministerio de Infraestructura. Cumplido, archivar. MACRI - Bereciartua - Grindetti Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGA LEY 6765 2024