Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6781

DEJA SIN EFECTO - DECLARACIÓN DE UTILIDAD PÚBLICA - MADERERA CÓRDOBA SA - AVENIDA CÓRDOBA 3165 - 3167 - 3149 - 3151 - 3153 - 3155 - 3157 - 3143 - 3145 - CALLES - ECHEANDIA 5352 - POLA 2807 - 2817 - 2827 - 2837 -DEROGA LA LEY 1371 - MODIFICA LEY 1529 - CONDONAN DEUDA - IMPUESTO INMOBILIARIO - TASA RETRIBUTIVA -  SERVICIOS DE ALUMBRADO BARRIDO LIMPIEZA - ABL - MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE SUMIDEROS

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/01/2025Organismo: LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Se deja sin efecto la declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles de propiedad de Maderera Córdoba S.A. ubicados en: a) Avenida Córdoba 3165/7 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominación catastral: Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 79, Parcela 14a; b) Avenida Córdoba 3149/51/53/55 y 57 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominación catastral: Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 79, Parcelas 25, U.F 1-PB / U.F. 2-PB / U.F. 3-PB / U.F. 4-PB / U.F. 6-1ER / U.F. 7-1ER; c) Avenida Córdoba 3143 y 45 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominación catastral: Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 79, Parcela 26; d) Calle Gallo 1069 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominación catastral: Circunscripción 19, Sección 15, Manzana 79, Parcela 14a; e) Calle Echeandía 5352 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominación catastral: Circunscripción 1, Sección 64, Manzana 24, parcelas o lotes 2 y 3; f) Calle Pola 2807 / 17 / 27 y 37 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominación catastral: Circunscripción 1, Sección 64, Manzana 24, parcelas o lotes 1, 41, 40 y 39. Art. 2°.- Se deroga la Ley N° 1371, el inciso k del artículo 2° y el inciso 11 del Anexo I de la Ley 1529 (texto modificado por Leyes 2970 y 6329). Art. 3°.- Se condonan la deuda en concepto de Impuesto Inmobiliario y Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, de los inmuebles enumerados en el artículo 1° desde el mes de diciembre de 2004 hasta la entrada en vigor de la presente Ley. Art. 4°.-Se instruye a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a celebrar los acuerdos necesarios para efectuar las transacciones y/o conciliaciones correspondientes en el marco de los litigios iniciados por expropiación inversa, ejecuciones fiscales y/o que tengan como origen la aplicación de la Ley 1371, el inciso k del artículo 2° y el inciso 11 del Anexo I de la Ley 1529 (texto modificado por Leyes 2970 y 6329), de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 1218 (texto consolidado por Ley 6565). Art. 5°.- Comuníquese, etc. Muzzio - Schillagi Buenos Aires, 21 de enero de 2025 Por medio de la presente, certifico que la Ley 6781, en trámite por expediente electrónico N° 48420583-GCABA-DGCCN-2024, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 12 de diciembre de 2024, ha quedado automáticamente promulgada el 15 de enero de 2025 en virtud de lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General Coordinación y Consolidación Normativa, comuníquese al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Kamian Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICA LEY 1529 2004 <p>Articulo 2° de la Ley 6781 deroga el inciso k del artículo 2° y el inciso 11 del Anexo I de la Ley 1529 (texto modificado por Leyes 2970 y 6329).</p> DEROGA LEY 1371 2004 <p>Articulo 2° de la Ley 6781 deroga la Ley 1371</p>