Nación · Ley N° 27479

Ley 27479 - TRANSFIERASE A TITULO GRATUITO A FAVOR DE LA PROVINCIA DE JUJUY EL DOMINIO DE DETERMINADOS INMUEBLES PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL.

Estado no verificadoSanción: 05/12/2018Publicación B.O.: 21/12/2018Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina INMUEBLES Ley 27479 Transferencia. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: Artículo 1º- Transfiérase a título gratuito a favor de la provincia de Jujuy el dominio de los inmuebles propiedad del Estado nacional, identificados catastralmente como: 1. Matrícula A-10053- 1488, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Calle Sarmiento N°360/364, Ciudad San Salvador de Jujuy, Manzana 44, Lote 27, Padrón A-1488, con una superficie de 300 m2. 2. Matrícula A-28013-312, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Calle Alvear 534 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Manzana 44, Lotes 21 y 18, Padrón A-312, con una superficie aproximada de 920 m2. Art. 2°- La transferencia que se dispone en el artículo anterior se efectúa con el cargo que la beneficiaria destine el inmueble al emplazamiento del Museo Provincial de Bellas Artes u otro destino artístico. Art. 3°- Se establece un plazo de diez (10) años para el cumplimiento de lo previsto en el artículo anterior; vencido el cual sin que mediare observancia, procederá la retrocesión de dominio de esta transferencia de pleno derecho. Art. 4°- Los gastos que demande la presente estarán a cargo de la beneficiaria. Art. 5°- Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. REGISTRADO BAJO EL Nº 27479 MARTA G. MICHETTI – EMILIO MONZO – Eugenio Inchausti – Juan P. Tunessi e. 21/12/2018 N° 98354/18 v. 21/12/2018