Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5793

Ley 5793/1954 - (DEROGADA POR DEC-LEY 236/56) AUTORIZACIóN PARA ENTREGAR AL MINISTERIO DE HACIENDA DE LA NACIóN SUMA COMO CONTRIBUCIóN DE LA PROV.PARA LA CONSTRUCCIóN DE LAS SEDES DE LOS PODERES EJECUTIVOS DE LAS PROVINCIAS PRESIDENTE PERóN Y EVA PERóN. (AñOS 1954 A 1957

Derogada verificadaPublicación B.O.: 05/10/1954
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Ley 5793 DEROGADA POR DEC-LEY 236/56 LEY 5793 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a entregar al Ministerio de Hacienda de la Nación la suma de diez millones treinta y ocho mil pesos moneda nacional ($ 10.038.000 m/n ), como contribución de la Provincia de Buenos Aires para la construcción de las sedes de los Poderes Ejecutivos de las Provincias Presidente Perón y Eva Perón, correspondiendo la suma de cinco millones diecinueve mil pesos moneda nacional ($ 5.019.000 m/n ), para cada una de ellas, a cubrir en los años 1954 a 1957. ARTÍCULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se atenderán con cargo a Rentas Generales, en la proporción anual que determine el Poder Ejecutivo. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.