Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9699
Decreto-ley 9699/1981 - AFECTANDO TIERRAS AL MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA EN EL PARTIDO DE VICENTE LOPEZ CON DESTINO A LA AMPLIACION DE LA ESCUELA DE EDUCACION MEDIA Y TECNICA Nº 2. DEROGA ARTS. DE LA LEY 8517.
Reformas y relaciones normativas
1Decreto-ley 9699/1981 DECRETO-LEY 9699/81 LA PLATA, 11 de MAYO de 1981. VISTO lo actuado en el expediente número 2300-10.314/78 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1: Aféctanse al Ministerio de Educación y Cultura, con destino a la ampliación de la Escuela de Educación Media y Técnica número 2, las fracciones de tierra fiscal ubicadas en la localidad de Villa Martelli, Partido de Vicente López, identificadas catastralmente como: Circunscripción IV, Sección I, Manzana 30, Parcelas 1, 2 y 3, inscripto su dominio al Folio 1230/67 del Partido mencionado. ARTICULO 2: Facúltase al señor Fiscal de Estado a iniciar las acciones legales pertinentes, tendientes a obtener el desalojo del señor Horacio Pelizza o de quien o quienes ocupen actualmente la fracción de tierra fiscal designada catastralmente como: Circunscripción IV, Sección I, Manzana 30, Parcela 3 ubicada en la localidad de Villa Martelli, Partido de Vicente López. ARTICULO 3: Autorízase al Ministerio de Economía -Dirección Provincial de Catastro Territorial- a formalizar la entrega de posesión de las fracciones de tierra fiscal mencionadas en el artículo 1 de la presente Ley. ARTICULO 4: Deróganse los artículos 2, 3 y 4 de la Ley 8.517. ARTICULO 5: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.