Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7400
Ley 7400/1968 - (DEROGADA POR LEY 9434) MODIFICANDO EL ART.17 DEL DEC-LEY 7353/57, CARTA ORGANICA DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. SOBRE DESTINO DE LAS UTILIDADES.
Reformas y relaciones normativas
243 See | LEY 7.400 . Modificación del decreto-ley 7.353/957 (Carta Organica del Banco de la Provincia de Buenos Aires : La Plata, 25 de junio de 1968. ; Visto la autorización del Gobierno Nacional concedida por de- : creto 3.479|968, y en ejercicio de las facultades legislativas que le ‘ confiere el artículo 9% del Estatuto de la Revolución Argentina; el Gobernador de la provincia ‘de Buenos Aires, sanciona y promulga con fuerza de — ; LEY: Art, 19 Modificase el artículo 17 del decreto-ley 7.353957, Carta _ _ Orgánica del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el que quedará i redactado en los siguientes términos: l Las utilidades realizadas, previa deducción de las sumas j necesarias para saneamiento del activo y del 10 por ciento para i reserva legal, se destinarán: i Para aumento de capital de la Sección Bancaria, Sección : Hipotecaria, y para fondos de previsión y previsión social, en . : los porcentajes que determine el Directorio. : i : Art. 22 Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y i “Boletin Oficial” y archivese. i IMAZ. J. M. DAGNINO PASTORE. Registrada bajo el número siete mil cuatrocientos (7.400), Ñ . i ——. . Publicada en el “Boletin Oficial” del 15 de julio de 1968. : 3 i