Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6099

Ley 6099/1959 - (DEROGADA POR LEY 6977) VENTA DE UNA FRACCIóN DE TIERRA EN EL DELTA DEL PARANá, AL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGíA AGROPECUARIA. (INTA)

Derogada verificadaPublicación B.O.: 25/11/1959
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6099 DEROGADA POR LEY 6977 LEY 6099 Venta de una fracción de tierra en el Delta del Paraná, al Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a vender al Instituto Na­cional de Tecnología Agropecuaria (I.N.T.A.), dependiente de la Se­cretaría de Agricultura y Ganadería de la Nación, una fracción de 123 hectáreas, 10 áreas, 63 centiáreas, a deslindar del inmueble que ocupa el vivero y estación forestal "Marcos Sastre" dependiente del Ministerio de Asuntos Agrarios, ubicado en el Delta del Paraná. ARTÍCULO 2.- Fíjase como precio de la venta que se autoriza por la ­presente Ley, la suma de dos millones setecientos ochenta y dos mil seiscientos ochenta y un pesos con ochenta y un centavos moneda nacional ($ 2.782.681,81 m/n ). ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.