Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6733

Ley 6733/1963 - VIGENCIA DE LA LEY 6728, PRESUPUESTO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 12/12/1963
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6733 LEY 6733 Vigencia de la Ley 6728, Presupuesto de la Cámara de Diputados. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Sustítuyese en el Anexo I,

Sección 1ª, Ítem 1, Cámara de Diputados inciso 2º “Otros Gastos”, las partidas

principales y parciales de Decreto-Ley 8269, Presupuesto 1963, por el texto de la Ley 6728 para el mismo inciso. ARTÍCULO 2.- Incorpórase el texto de los artículos 2º al 12 de la citada Ley, al mismo Decreto. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.