Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9748
Decreto-ley 9748/1963 - (DEC-LEY 9748/963) MODIFICA EL ART. 1 DEL DEC-LEY 8702/62. REGISTRO DE GESTORES ADMINISTRATIVOS. AMPLIACIóN DEL PLAZO PARA LA REGLAMENTACIóN Y CUMPLIMIENTO DE LA LEY 6708.
Reformas y relaciones normativas
2- Decreto-ley 8702/1962 - (DEC-LEY 8702/62) REGISTRO DE GESTORES. AMPLIACION DEL PLAZO DE LA LEY 6708 Y DECRETO-LEY 2929/62. (MODIFICADO POR DEC-LEY 9748/63) (LEY 6708 ESTA DEROGADA POR LEY 7193)
- Decreto-ley 8702/1962 - (DEC-LEY 8702/62) REGISTRO DE GESTORES. AMPLIACION DEL PLAZO DE LA LEY 6708 Y DECRETO-LEY 2929/62. (MODIFICADO POR DEC-LEY 9748/63) (LEY 6708 ESTA DEROGADA POR LEY 7193)
Decreto-ley 9748/1963 DECRETO-LEY 9748/63 Registro de gestores administrativos; ampliación del plazo para la reglamentación y cumplimiento de la Ley 6708. LA PLATA, 30 de AGOSTO de 1963. ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 1º del Decreto-Ley 8702/62, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Amplíase hasta el 31 de Marzo de 1964 el plazo establecido por el artículo 9º de la Ley 6708, y para la reglamentación de la misma; lapso durante el cual no se exigirá de los gestores el cumplimiento de los requisitos determinados por la presente Ley para actuar ante los organismos administrativos y la Justicia de Paz en representación de terceros”. ARTÍCULO 2.- El presente Decreto-Ley será refrendado por los señores Ministros en Acuerdo General. ARTÍCULO 3.- Comuníquese oportunamente a la Honorable Legislatura. ARTÍCULO 4.- Comuníquese, etc.