Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11835

Ley 11835/1996 - ANULANDO OBRAS DEL ANEXO QUE FORMA PARTE DE LA LEY 11423, OBRAS DISTRITALES.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 25/09/1996
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Ley 11835 LEY 11835 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Anúlase del Anexo I que forma parte de la Ley 11.423, aprobatorio de la Primera Etapa de Obras Distritales, la siguiente nominación: PARTIDO NOMINACION DE LA OBRA MONTO ESCOBAR Const. Terminal de Omnibus Escobar Etapa I $ 500.000 El monto de la obra anulada precedentemente será utilizado para nominar un nuevo emprendimiento. ARTICULO 2.- Incorpórase al Anexo I, que forma

parte de la Ley 11.423, aprobatorio de la Primera Etapa de Obras Distritales,

la siguiente nominación: PARTIDO NOMINACION DE LA OBRA MONTO ESCOBAR Pavimentación Urbana $ 500.000 La obra anulada en el artículo 1° se excluirá del Anexo I, Obras Distritales de la Ley 11.423, y la nueva nominación del presente se incluirá en reemplazo de aquélla. ARTICULO 3.- Las inversiones a que se refiere el artículo 2° de esta Ley serán atendidas con los recursos provenientes de la aplicación de las Leyes 11.376 y 11.399. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.