Provincia de Buenos Aires · Ley N° 7215

Ley 7215/1966 - SUSPENSIóN DE LA VIGENCIA DEL ARTíCULO 178 DE LA LEY 7206, CARRERA PROFESIONAL DE LA SANIDAD. (LA LEY 7206 ESTá DEROGADA POR LEY 7878).

Derogada verificadaPublicación B.O.: 25/08/1966
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Ley 7215 DECRETO LEY 7215/66 La Plata, 22 de agosto de 1966. Suspensión de la vigencia del artículo 178 de la ley 7206. VISTO la autorización del Gobierno Nacional, concedida por Decreto 611/966, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º, del Estatuto de la Revolución Argentina, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Suspéndese la vigencia del artículo 178, de la Ley 7206, hasta tanto se dicte la pertinente reglamentación de la misma y se provean las partidas presupuestarias que permitan su total y correcta aplicación. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.