Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12773
Ley 12773/2001 - AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A EMITIR UN BONO (HASTA 90.000.000 DOLARES ) DESTINADOS AL FONDO FIDUCIARIO DE SANEAMIENTO Y DESARROLLO MUNICIPAL.(LEY 12.462)
Reformas y relaciones normativas
1Ley 12773 Ley 12.773 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY Art. 1° - Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir un bono por hasta la suma de noventa millones de dólares estadounidenses (U$S 90.000.000) destinados al Fondo Fiduciario de Saneamiento y Desarrollo Municipal, Ley 12.462. Art. 2°- El Bono previsto en el Art. 1° de la presente Ley tendrá las siguientes características: Plazo de amortización nueve (9) años, en cuotas iguales y consecutivas a partir del ejercicio fiscal 2003 inclusive. Tasa de interés: Libor a diez (10), más cinco (5) puntos porcentuales. Tipo de moneda: Dólar Estadounidense. Garantía: Ingresos provenientes de la coparticipación Federal de Impuestos previstos por la Ley Nacional 23.548 o por el régimen que en futuro lo sustituya. Circulación : El Poder Ejecutivo reglamentará las proporciones del Bono que se podrá colocar en el mercado de capitales. La Ley de Presupuesto de cada año deberá prever los créditos necesarios para el pago de los intereses y de la amortización de capital que corresponda. Art. 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.