Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8669
Decreto-ley 8669/1963 - (DEC-LEY 8669/63) CODIGO FISCAL. EXENCION DEL IMPUESTO A LOS AUTOMOTORES PARA LISIADOS. ART 159(T.O.1961) MODIFICACION.
Reformas y relaciones normativas
2i 4 . LEGISLATURA DE BUENOS AIRES DECRETO LEY 8.669 Código Fiscal. Exención del impuesto a los automotores para lisiados. Art. 159 (T.O. 1961) Departamento de Economía y Hacienda. 4 La Plata, 12 de agosto de 1963. Visto el expediente número 2.100 - 8.480/962, de la Gobernación de la provincia de Buenos Aires, y | Considerando: \ Que por Decreto-Ley nacional número 456/58, se exceptuó de gravámenes aduaneros a los vehículos automotores que por sus ca- racterísticas especiales se adapten al manejo por personas lisiadas, con lesiones funcionales permanentes que afecten sus miembros in- feriores; | Que tal medida ha tenido por finalidad aliviar la situación eco- nómica de quienes deben importar dichos automotores para uso per- sonal, considerando la especial situación de aquellos cuyas posibili- dades y medios de vida no son los normales; Que consecuentemente con la misma idea, esta Intervención Fe- deral considera que procede eximir del pago del impuesto a los au- tomotores a los vehículos que reúnen las características antes indi- cadas. Por ello y de conformidad a la autorización acordada por el Po- der Ejecutivo nacional mediante Decreto número 4.806, del 17 de ju- nio del corriente año, el Comisionado Federal en la provincia de Ñ Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo DECRETA CON FUERZA DE LEY Art. 19 Incorpórase al artículo 159 del Código Fiscal (T. O, 1961), el siguiente inciso: “Los vehículos contemplados en el Decreto-Ley nacional número 456/58”. Art. 2° Esta exención tendrá vigencia a partir del 19 de enero de 1963, A Art. 3° El presente decreto-ley será refrendado por todos los mi- nistros secretarios en Acuerdo General. Art. 49 Dése cuenta oportunamente a la Honorable Legislatura. Art. 5° Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. Mm IMAZ. Horacio C. RIVARA, JORGE LASCANO, | ANÍBAL J. SEÑORANS, CARLOS A. FLORJA, CARLOS A. L. BOUREL, JosÉ R. BRUSA, | “Boletin Oficial” 14/8/1963. A | 1 | , 3 4 NA