Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6548

Ley 6548/1961 - REEMPLAZESE EL TEXTO DEL INCISO 1 DEL ART. 175 DEL CODIGO FISCAL MODIFICADO POR LA LEY 6463.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/10/1961
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7 i . D _ 179 — LEY N° 6.548 Reemplazase el texto del inciso 4? del artículo 175 del Código Fiscal modificado por la Ley N° 6.364 Departamento de Economía y Hacienda. El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires . sancionan con fuerza de ; LEY Art. 19 Reemplázase el texto del inciso 4%, del artículo 175 del ‘ Código Fiscal, modificado por la Ley número 6.463, por el siguiente: Las instituciones religiosas, las sociedades de beneficencia, _ de bien público, mutualistas y cooperativas con personería jurídica y las sociedades vecinales de fomento. Art. 2° La presente ley es de aplicación a partir del 12 de enero de 1961. Art. 32 Comuníquese al Poder Ejecutivo. , Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de lu provincia de Bue- nos Aires, en la ciudad de Ta Plata, a cutorce días del mes de setiembre de mil no- vecientos sesenta y uno. PEDRO ALBERTO ORTEGA. ARTUKO A. CROSETTI. Pedro Leo Corvella, Juan José M. Raimondi, Secrotario de la C. de DD. Secrotario del Senado. 4 AS La Plata, 26 de setiembre do 1961. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. | ALENDE. y Amino N. Moavro. É Decreto N° 10.667. Registrada bajo el número seis mil quinientos cuarenta y. Ocho (6.548). Fertre Díaz O'KBLLxY.