Nación · Ley N° 439
Ley 439 - ABRIENDO UN CREDITO PARA GASTOS DE IMPRESIONES DE LA ADMINISTRACION.
InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina Ley 439 Abriendo un crédito por fuertes 4,000 para gastos de impresiones de la Administracion. El Senado y Cámara de Diputados de la Nacion Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley: Art. 1º Abrése un crédito suplementario por la cantidad de cuatro mil pesos fuertes al inciso 4º, item 1º, artículo 5º del presupuesto vigente, destinado a sufragar los gastos de impresiones en la Administracion Nacional. Art. 3º Comuniquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, á los tres dias del mes de Octubre de mil ochocientos setenta. ADOLFO ALSINA Cárlos M. Saravia , Secretario del Senado. MARIANO ACOSTA Bernardo Solveira , Secretario de la Cámara de Diputados.