Provincia de Buenos Aires · Ley N° 9026

Ley 9026/1978 - (DEROGADA POR LEY 9154)SUSPENDE VIGENCIA DE LA LEY 8587 (REFORMAS AL REGIMEN PREVISIONAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES).

Derogada verificadaPublicación B.O.: 17/04/1978
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Ley 9026 DEROGADA POR LEY 9154 LEY 9026 LA PLATA, 14 de abril de 1978. VISTO lo actuado en el expediente número 2240-394/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 5 de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Suspéndese por el término de un (1) año de vigencia del artículo 38 de la Ley 8587. ARTÍCULO 2.- La presente Ley entrará en vigencia el día 17 de Abril de 1978. ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.