Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6313
Ley 6313/1960 - DEROGANDO LA LEY Nº 4512 DE CREACION DEL REGISTRO DE MANDATOS Y REPRESENTACIONES.
Reformas y relaciones normativas
4- Ley 5359/1948 - (DEROGADA POR LEY 6313) MODIFICACION DE LA LEY 4512 DE REGISTRO DE MANDATOS Y REPRESENTACIONES EN SU ARTICULO 2.
- Ley 5272/1948 - REGISTRO DE MANDATOS Y REPRESENTACIONES. MODIFICACION DEL ARTICULO 3 DE LA LEY 4512 QUE LO RIGE.
- Ley 5272/1948 - REGISTRO DE MANDATOS Y REPRESENTACIONES. MODIFICACION DEL ARTICULO 3 DE LA LEY 4512 QUE LO RIGE.
- Ley 5359/1948 - (DEROGADA POR LEY 6313) MODIFICACION DE LA LEY 4512 DE REGISTRO DE MANDATOS Y REPRESENTACIONES EN SU ARTICULO 2.
Ley 6313 LEY 6313 Derogando la Ley Nº 4512 de Creación del Registro de Mandatos y representaciones. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Derógase la Ley 4512, sus modificatorias 5273, 5359, 5464, y 5867 y cuantas otras disposiciones legales se opongan a la presente. ARTÍCULO 2.- Las manifestaciones de reserva de administración formuladas por la mujer casada, conforme con lo preceptuado por el artículo 3º, inciso segundo, punto C, de la Ley 11857, serán registradas en la forma y modo que determine el Poder Ejecutivo, en el Registro de Inhibiciones del Registro de la Propiedad de la Provincia. ARTÍCULO 3.- El personal que se desempeña actualmente en la oficina de Registro de Mandatos y Representaciones será distribuido en las distintas Secciones del Registro de la Propiedad de la Provincia. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.