Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9293
Decreto-ley 9293/1979 - DECLARANDO A LA SOCIEDAD DEL ESTADO "ENTE DE LA CONSTRUCCION DEL TEATRO ARGENTINO DE LA PLATA", EXENTA DE TODO IMPUESTO. (VER LEY 8930 Y 9819)
Reformas y relaciones normativas
2- Decreto-ley 9819/1982 - DEROGA LEY 8930. DISUELVE EL ECTASE CREADO POR DEC.552/78.FACULTA AL PODER EJECUTIVO PARA DISPONER LO ATINENTE A SU LIQUIDACIóN Y LO CONCERNIENTE A LA CONSTRUCCIóN DE LA OBRA DEL NUEVO TEATRO ARGENTINO.
- Ley 8930/1977 - (DEROGADA POR LEY 9819) AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A CREAR UNA SOCIEDAD DEL ESTADO BAJO EL REGIMEN DE LA LEY NACIONAL 20705, QUE SE DENOMINARA ENTE CONSTRUCCION TEATRO ARGENTINO DE LA PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO -ECTASE-
Decreto-ley 9293/1979 DECRETO-LEY 9293/79 LA PLATA, 30 de MARZO de 1979. VISTO lo actuado en el expediente número 2240-646/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 5 de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase a la Sociedad del Estado “Ente Construcción Teatro Argentino de La Plata”, exenta de todo impuesto, tasa o contribución provincial existente o que se establezca en el futuro. ARTÍCULO 2.- La exención a que se refiere el artículo anterior comprende a las actividades y operaciones en que intervenga la Sociedad del Estado mencionada, como así también los que correspondan a bienes de su propiedad. ARTÍCULO 3.- La exención establecida por a presente Ley regirá a partir de la fecha de vigencia de la Ley 8930. ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.