Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5687

Ley 5687/1952 - ELIMINACIóN DEL SORTEO EN LA ADJUDICACIóN DE VIVIENDAS. MODIFICACIóN DE LA LEY 5396 Y DEROGACIóN DE LA LEY 5648.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 03/11/1952
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Ley 5687 LEY 5687 Eliminación del sorteo en la adjudicación de viviendas. Modificación de la Ley 5396 y derogación de la Ley 5648. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Sustitúyese el artículo 12 de la Ley General de la Vivienda número 5396, por el siguiente: “Artículo 12.- Facúltase al Poder Ejecutivo para efectuar por sí o por intermedio de la Fundación Eva Perón la adjudicación de las viviendas construídas o adquiridas o que en el futuro se construyan o adquieran bajo el régimen de ésta Ley”. ARTÍCULO 2.- Derógase la Ley número 5648 como así también toda otra disposición que se oponga a la presente Ley. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.