Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10523

Ley 10523/1987 - MODIFICA LEY 6325, EXPROPIACION EN SAN ISIDRO.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/07/1987
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 10523 LEY 10523 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 2 de la Ley 6.325, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2.- Las fracciones expropiadas lo serán con prescindencia de las mejoras incorporadas en ellas y que no fueran realizadas por él o los expropiados y serán destinadas a ser adjudicadas a los ocupantes al 31 de diciembre de 1985, que hubieren constituido en las mismas, mejoras justipreciables de acuerdo a la Ley de Catastro”. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.