Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6747

Ley 6747/1963 - FONDO ESTIMULO (REF.ORGANISMOS - CODIGO FISCAL AÑO 1961).

Estado no verificadoPublicación B.O.: 24/01/1964
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6747 LEY 6747 FONDO ESTIMULO EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Los organismos mencionados en el artículo 262° del  Código Fiscal (T.O.1961) percibirán los porcentajes íntegros establecidos sin las limitaciones dispuestas por el artículo 23° de la Ley Complementaria del Presupuesto General de la Provincia, texto obrante de foja 19 a foja 32 del expediente N° 2.305-5064/63, aprobado mediante Decreto-Ley 8.516 del 7 de agosto de 1963, para el rubro Fondo Estímulo- Ministerio de Economía y Hacienda. ARTICULO 2.- Facúltase a la Contaduría General de la Provincia a incrementar los montos necesarios para cumplimentar las respectivas leyes de afectación en las distintas partidas del Item 4, del Anexo XIII del Presupuesto de Funcionamiento. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.