Nación · Ley N° 406
Ley 406 - ABRESE UN CREDITO SUPLEMENTARIO EN EL PRESUPUESTO VIGENTE.
InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina Ley 406 Abriendo un crédito suplementario en el presupuesto vigente, por dos millones de fuertes, para atender á los gastos que se hagan en sofocar la rebelion de Entre Rios. Departamento de Guerra y Marina Buenos Aires, Setiembre 3 de 1870 Por cuanto: el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley El Senado y Cámara de Diputados de la Nacion Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de ley: Art. 1º Abrese un crédito suplementario en el presupuesto vigente, por la suma de dos millones de pesos fuertes, para atender á los gastos que sean necesarios para sofocar la rebelion de la Provincia de Entre-Rios. Art. 2º Los gastos hechos hasta la fecha, se imputarán á la presente ley. Art. 3º Comuniquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Buenos Aires, el dia 1º de Setiembre de mil ochocientos setenta. ADOLFO ALSINA Carlos M. Saravia , Secretario del Senado. MARIANO ACOSTA Bernardo Solveira , Secretario de la Cámara de Diputados.