Provincia de Buenos Aires · Ley N° 15040

Ley 15040/2018 - MODIFICA EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 14847 , DE EXPROPIACIÓN DE UN INMUEBLE UBICADO EN LA LOCALIDAD DE QUILMES OESTE, PARTIDO DE QUILMES.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 08/08/2018
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 15040 LEY 15040 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 1° de la Ley N° 14847, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación, los inmuebles ubicados en la localidad de Quilmes Oeste, partido de Quilmes, designados catastralmente como: 1.- Circunscripción III – sección E – manzana 61 – parcela 26, inscripto su dominio en la matrícula 39.289, a nombre de Polcura S.A. y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. 2.- Circunscripción III – sección E – manzana 61 – parcela 27, inscripto su dominio en la matrícula 9.824, a nombre de Polcura S.A. y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios”. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los once días del mes de julio del año dos mil dieciocho.