Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12372
Ley 12372/1999 - FACULTA AL PODER EJECUTIVO A RECURRIR AL FINANCIAMIENTO PREVISTO EN LA LEY NACIONAL 24855, CREACIÓN DEL FONDO FINANCIERO FEDERAL INFRAESTRUCTURA REGIONAL.
Reformas y relaciones normativas
3- Ley 13934/2009 - AUTORíZA AL P. E. A MODIFICAR LOS ANEXOS DE LA LEY 12372, REF: CREACIÓN FONDO FINANCIERO FEDERAL INFRAESTRUCTURA REGIONAL.-
- Ley 13503/2006 - AUTORíZASE AL PODER EJECUTIVO A MODIFICAR EL LISTADO DE OBRAS A QUE SE REFIERE LA LEY 12372, DENTRO DE LA SUMA APROBADA DEL ART.1 DE DICHA LEY A FIN DE INCORPORAR LAS OBRAS COMPRENDIDAS EN LOS TéRMINOS DEL DEC.305/06.
- Ley 13395/2005 - AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A MODIFICAR EL LISTADO DE OBRAS A QUE SE REFIERE EL ANEXO II DE LA LEY 12372 (INFRAESTRUCTURA REGIONAL- RUTA - CAMINOS - REPAVIMENTACION)
Ley 12372 LEY 12372 Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 13934, 14046, 14552 y 14879. NOTA: · Ver Ley13395 modifica listado de obras del Anexo II de la presente Ley. · Ver Ley 14046, art.2º, que modifica listado de obras del Anexo II de la presente Ley. · Ver art. 71 de la Ley 14552, Presupuesto 2014, ref:modifica listado de obras de los Anexos . · Ver Ley 14879, art.38, Presupuesto General Ejercicio 2017 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.-
(Texto según Ley 14879)
Facúltase al Poder Ejecutivo a recurrir al financiamiento previsto en la Ley Nacional Nº 24.855 de creación del Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, régimen al cual ha adherido a través del Decreto Nº 382/98, por hasta la suma de PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES ($ 2.480.000.000), con más sus intereses, comisiones, gastos y accesorios. ARTICULO 2.- El endeudamiento dispuesto en el artículo anterior se destinará a financiar los siguientes proyectos: a) Las obras que se detallan en el Anexo I, por un importe de hasta PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS ($ 125.085.400), el que pasa a formar parte de la presente Ley. b) La obra “Ampliación y remodelación de la Escollera Sur del Puerto de Quequén”, conforme al segundo párrafo del artículo 2º de la Ley 12.267, que se incorpora en el Anexo II, por un monto de hasta PESOS VEINTICUATRO MILLONES ($ 24.000.000). · Lo subrayado se encuentra observado por el Decreto de Promulgación nº 106/99 de la presente Ley. c) Las obras que se detallan en el Anexo II y que se agregan a la mencionada en el inciso que antecede por hasta la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE ($ 191.479.417), incluido el importe del inciso b), el que pasa a formar parte de la presente Ley. Los montos detallados en los Anexos I y II surgen de los respectivos presupuestos de obras pudiendo diferir en más o menos las adjudicaciones finales, sin que se excedan los montos totales de cada Anexo, ya que la suma establecida en el artículo 1º es el monto máximo del endeudamiento autorizado. Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar compensaciones de créditos entre obras dentro de cada Anexo pero respetando las autorizaciones establecidas en el artículo 2º.
(Los siguientes incisos 1), 2) y 3) han sido incorporados por Ley 13934)
1) “Recuperación del Espacio Público Urbano en Cuenca Inferior del Arroyo Santa Rosa”, localidad de Ranelagh, partido de Berazategui. 2) “Desagües Pluviales en la Cuenca del Arroyo Las Conchitas –Barrio Kennedy” localidad de Guillermo E. Hudson, partido de Berazategui. 3) “Entubamiento del Zanjón Martínez- Etapa II-”, partidos de Ituzaingó, Hurlingham y Morón. ARTICULO 3.- El reembolso de los endeudamientos autorizados por esta Ley se realizará a partir de recursos de Rentas Generales de la Provincia. El Poder Ejecutivo queda facultado a afectar en garantía los fondos de Coparticipación Federal de Impuestos (Ley 23.548) o del régimen legal que los sustituya, y cualquier otro ingreso permanente de impuestos transferidos mediante Ley Nacional. ARTICULO 4.- Créase una Comisión de Seguimiento y Control, integrada por cinco (5) Senadores, cinco (5) Diputados y dos (2) representantes del Poder Ejecutivo, que tendrá las siguientes atribuciones y funciones: a) Determinar la prioridad de los proyectos a financiar enumerados en los Anexos I y II; b) Intervenir previamente a la firma de los Convenios de Mutuo de Asistencia financiera entre el Fondo Fiduciario Federal y la Provincia de Buenos Aires; c) Tomar conocimiento previo a la publicación de las licitaciones públicas que impulse el Poder Ejecutivo, de los proyectos de inversiones autorizadas por la presente Ley. ARTICULO 5.- A los efectos de determinar la prioridad de los proyectos a financiar, la Comisión de Seguimiento y Control deberá adoptar el siguiente procedimiento: a) Se establecerán tramos de financiamiento de hasta PESOS OCHENTA Y CINCO MILLONES ($ 85.000.000). b) La Comisión determinará por medio de las evaluaciones que considere necesario las prioridades de ejecución de las obras de los Anexos I y II. c) En cada tramo el cincuenta (50) por ciento del monto de financiamiento se afectará a las obras priorizadas en el Anexo I y el restante cincuenta (50) por ciento a obras priorizadas del Anexo II. d) En caso de existir disponibilidades financieras en el fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, podrán a criterio de la Comisión habilitarse simultáneamente dos o más tramos hasta cubrir las sumas disponibles debiéndose mantener los criterios de elegibilidad y distribución de acuerdo a los incisos b) y c). ARTICULO 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. NOTA: Ver los siguientes Decretos que modifican, incorporan dan de baja obras de los Anexos de la presente Ley: · Dec. 1745/06 · Dec. 2820/06 · Dec.1359/08 Dec . 3104/09 Dec.646/09 · Dec.1282/10. Dec.398/14
ANEXO I
(Planilla 29 del Presupuesto 1999)
OBRA PARTIDOS PRESUPUESTO ESTIMADO Refacción Hospital de Azul Azul 1.200.000 Repavimentación y ensanche Ruta 210 e/ R 6 y 215 Cnel. Brandsen 5.000.000 Construcción rotonda acceso ruta 29 desde Ituzaingó y Ruta 215 a Brandsen Cnel. Brandsen 500.000 Construcción planta de tratamiento de residuos domiciliarios Cnel. Brandsen 300.000 Repavimentación acceso a Gomez y Oliden Cnel. Brandsen 140.000 Repavimentación Acceso de Ruta 51 a Ayarza Chivilvoy 500.000 Repavimentación acceso de ruta 30 a San Sebastián Chivilcoy 3.500.000 Pavimentación acceso desde G. Villegas a Esc. Agraria 6 km. Gral. Villegas 1.250.000 Canalización cuenca Arroyo El Moro Lobería 2.000.000 Ampliación Canal Cochi Tue Olavaria 100.000 Avda. Circunvalación e/ Rivadavia y Lezama Saladillo 1.000.000 Rivadavia Norte Saladillo 500.000 Biblioteca Mitre Saladillo 1.500.000 Desagües Cloacales y planta depuradora Tres Lomas 3.000.000 Avenida Circunvalación acceso a B. Blanca II etapa ( e/ RN 3 y acceso a Aeropuerto) Bahía Blanca 4.000.000 Construcción ruta entre Baradero y San Pedro I tramo Varios partidos 3.000.000 Ruta provincial 45 desde La Angelita a rojas 17 km. Varios Partidos 4.500.000 Obras cloacales Bragado Bragado 90.000 Pavimentación 10 cuadras planta urbana, 10 cuadras en Vieytes y 10 en Bravo Magdalena 500.000 Iluminación acceso a Balneario Municipal Magdalena 150.000 Carpeta asfáltica Barrio 25 de mayo Bragado 120.000 Acceso a Comodoro Py ( Ruta 5) 10 km Bragado 2.500.000 Pavimentación Ruta 72 e/ Saldungaray y Frapal Varios partidos 5.000.000 Remodelación Centro Univers. Calle J. Newbery y Sarmiento Junín 300.000 Tunel ruta 4 y vias de ferrocarril Gral. Belgrano Boulogne 6.000.000 Centro Deportivo Bragado Bragado 200.000 Entubamiento canal Falcon Bragado 120.000 Repavimentación Acceso El Dorado Alem 2.500.000 Repavimentación Acceso Mechitas Bragado 690.000 Uge- Barrios Chivilcoy 450.000 Ba. Varela pavimento Chivilcoy 250.000 Pavimentación acceso 9 de julio a ruta 50 Lincoln 2.500.000 Ruta 60 pavimentación Olavarria 2.000.000 Enlace ruta 3 con ruta 226 Olavaria 4.000.000 Construcción camino entre Ing. Moneta y Portela c/puente e/ Río Arrecifes Varios Partidos 5.000.000 Infraestructura hidráulica cuarteles III . IV. XII: Bolivar 2.000.000 Acceso transener-ruta 65 H. Yrigoyen 2.400.000 Repavimentación ruta 86- Henderson H. Irigoyen 300.000 Obras Hidráulicas H. Irigoyen 2.000.000 Indemnización Ba. Ejercito de los Andes Tres de Febrero 10.000.000 Red cloacal ampliación (cabecera) Guaminí 1.300.000 Pavimentación Ba. Esperanza (cabecera) Guaminí 400.000 Obras Hidralicas Daireaux 2.000.000 Accesos Cañuelas- calle del Carmen- Rutas 3 y 205 Cañuelas 4.100.000 Consolidación y reparación camino Provincial enlace ruta 8 y 32 Pergamino 600.000 Puente sobre arroyo Pergamino en Ruta Prov. enlace 8 y 32 Pergamino 1.250.000 Desagües Pluviales Junin 5.000.000 Parque Municipal y Polideportivo Cañuelas Cañuelas 1.000.000 Adquisición, ampliación y equipamiento del Hospital de Pigue Saavedra 2.000.000 Obras de cloacas Chivilcoy 3.600.000 Hospital General Mitre y centros asistenciales Sta. Rosa y Máximo Paz Cañuelas 2.200.000 Cloacas y agua corriente en varias localidades Cañuelas 3.000.000 Unidad sanitaria Municipal el Triunfo Lincoln 200.000 Unidad sanitaria Municipal Martinez de Hoz Lincoln 30.000 Unidad sanitaria Municipal Las Tocas Lincoln 30.000 Unidad sanitaria Municipal Pasteur Lincoln 40.000 Unidad sanitaria Roberts Lincoln 50.000 Acceso Arenaza- Nestlé Lincoln 1.500.000 Hogar Santa Rita Lincoln 500.000 Acceso Ferré- La Trinidad Gral. Arenales 650.000 Acceso por Ruta 86 a parque Industrial Daireaux Daireaux 850.000 Construcción ramal troncal gasoducto de 4 pulgadas d/ Enrique Lavalle hasta planta urbana Daireaux ( 26 km) Daireaux 1.500.000 Parque Industrial Cañuelas Cañuelas 2.000.000 Obras infraestructura Parque Industrial Lincoln 1.000.000 Desagües Pluviales Vedia Alem 200.000 Hospital Gral. Arenales Gral. Arenales 300.000 Hospital Vedia Alem 200.000 Construcción edificio Escuela Agrotécnica N 1 Lincoln 1.000.000 Pavimentación Pueblo nuevo Bragado 200.000 Cordón Cuneta Cuarteles Bragado 100.000 Empalme puente La Niña con ruta Galvan White (007-10), por calle Rubado Bahía Blanca 1.800.000 50 cuadras cordón cuneta Magdalena Magdalena 600.000 Un aula jardín de Infantes N° 901 Magdalena 18.000 Un aula jardín de Infantes N° 903 Magdalena 18.000 Sala de Industrias Esc. Agropecuaria de Bavio Magdalena 80.000 Complejo deportivo Municipal Cosme Argerich Municipio Urb. De la Costa 100.000 Complejo deportivo Municipal Cadu Municipio Urb. De la Costa 80.000 Puente peatonal Cadu Municipio Urb. De la Costa 100.000 I etapa construcción Instituto Formación docente Santa Teresita Municipio Urb. De la Costa 120.000 Financiación Obra escuela 203 Municipio Urb. De la Costa 50.000 Derivador de tránsito sobre ruta 215 en Brandsen Brandsen 100.000 Desagües Pluviales en Santa Clara del Mar Mar Chiquita 500.000 Hospital Municipal de Rivadavia Terapia intensiva Rivadavia 400.000 Saneamiento Arroyo El Gato I etapa ( Aliviador Av. 19) La Plata 6.000.000 Variante RP 4 e/ RP 201 y Avda. Vergara ( Cañada Ruiz e/ Marquez y Vergara) Hurlinghan – Morón 5.000.000 Ruta Pcial. 28 Tramo Gral. Rodríguez – Pilar Gral. Rodríguez – Pilar 5.000.000 Ensanche y Repavimentación RP 53 e/ vías FFCC y Av. 13 de Diciembre Florencio Varela 5.000.000 RP 76 e/ 17 de agosto – Felipe Sola Puan 5.000.000 Acceso a Ramón Biaus desde RP 31 Chivilcoy 3.600.000 Av. Hudson III etapa Florencio Varela 3.600.000 RP N° 45 – Tramo RP N° 65 – RP N° 31 Rojas 2.579.417 Ruta C 80 tramo Salazar Mones Cazón Vs. Partidos 3.300.000 Puerto Quequen Necochea 24.000.000 Ruta 67 Tramo La Colina – Gral. Lamadrid Primera Etapa Gral. Lamadrid 2.000.000 TOTAL 191.479.417
ANEXO II
OBRA PARTIDOS PRESUPUESTO ESTIMADO RP 67 Tramo Puan Rivera Varios Partidos 9.400.000 Saneamiento Zanjón Martinez I etapa Morón 6.000.000 Construcción I etapa RP 50 El Triunfo – Moctezuma y Acceso a Martinez de Hoz Varios Partidos 6.000.000 Ruta provincial 51 Tramo Arrecifes – Ramallo Ramallo – Arrecifes 14.000.000 Ruta provincial 50 Tramo Arenales – Colón Arenales Colón 13.500.000 Ruta Provincial 41 – Tramo Areco – Giles Mercedes S. A. De Areco de Giles- Mercedes 13.000.000 Ruta Provincial 215 Tramo Monte – Brandsen – La Plata Brandsen - Monte 16.000.000 Cursos navegables del Delta Bonaerense III etapa Tigre – San Fernando 9.350.000 Pavimentación Av. 13 de Diciembre Florencio Varela 9.800.000 Ruta Provincial 66 – Tramo Ameghino- Blaquier Florentino Ameghino 8.850.000 Red Hidrométrica Todos 8.000.000 Ruta Provincial 205 e/ Santamaría y J. Newbery Echeverría 6.500.000 Entubamiento Arroyo Morón Tres de Febrero 6.000.000 Camino de circunvalación terminación anillo perimetral de Pigue Saavedra 259.400 Repavimentación y ensanche camino La Carrindanga ( 007 – 01) Primera etapa Bahía Blanca 3.000.000 TOTAL 125.085.400 DECRETO 106/99 LA PLATA, 21 de Diciembre 1999. Visto el expediente número 2400-3678/98 por el que tramita la promulgación de un proyecto dde ley sancionado por la Honorable Legislatura, con fecha 18 de noviembre de 1999, que faculta al Poder Ejecutivo a recurrir al financiamiento previsto en la Ley Nacional 24.855 – Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional- creando una Comisión de Seguimiento y Control integrada por representantes de ambas Cámaras y del Poder Ejecutivo, y CONSIDERANDO: Que a través del Decreto 382/98, la Provincia adhirió al régimen previsto en la citada ley; Que por imperio del artículo 47 y siguientes de la Constitución Bonaerense, el Poder Ejecutivo promovió oportunamente la sanción de la iniciativa en análisis, con el objeto de obtener recursos mediante el endeudamiento provincial; Que el proyecto original presentado a la Legislatura fue reformulado, incluyendo, entre otras innovaciones, en el artículo 2 inciso b), la obra “ Ampliación y remodelación de la escollera sur del puerto de Quequén”., Que debe señalarse, como criterio de este Poder Ejecutivo al respecto, que dicha incorporación redunda en un retroceso – por los motivos que se expresarán- al agregársela entre las obras cuya prioridad habrá de determinar la aludida Comisión de Seguimiento y Control que, a su vez, intervendría previamente a la publicación de la licitación., Que la Ley 12.267 aprobó el financiamiento de la obra en el puerto de Quequén, habiéndose ya efectuado el llamado a licitación. Por ende, de no formarse rápidamente la Comisión mencionada y no determinarse que esa obra es prioritaria se ocasionarían demoras que no redundarían en beneficio de otra, desde que su importancia está dada por el hecho de tener aprobado técnicamente su financiamiento, condición que no reúne ninguna de las comprendidas en los anexos que integran el texto en análisis; Que si bien este Poder Ejecutivo no objeta la creación de la referida Comisión como mecanismo de control concomitante de la inversión de los recursos a percibir, hace notar que la Ley 12.267 estableció una Comisión Bicameral de seguimiento de las obras en puerto Quequén, de modo que incluirlas en la lista a supervisar por la Comisión ahora constituye una superposición de control legislativo; Que en atención a lo expuesto, se estima necesario vetar el inciso b) del artículo 2, adoptando similar temperamento en cuanto a la mención de la obra Puerto de Quequén en el Anexo I que forma parte del proyecto de marras; Que ha tomado la intervención de su competencia el Ministerio de Economía; Que las observaciones formuladas no empecen la unidad normativa del proyecto ni su aplicabilidad, siendo menester su promulgación parcial, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 108 y 144 inciso 2) de la Constitución de la Provincia, Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES D E C R E T A : ARTICULO 1.- Vétase, en el proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura el día 18 de noviembre de 1999, al que hace referencia el Visto del presente, el inciso b) del artículo 2. ARTICULO 2.- Obsérvase, en el Anexo I que forma parte integrante del proyecto de ley mencionado en el artículo precedente, la inclusión de la Obra Puerto Quequén del partido de Necochea con un presupuesto estimado de pesos veinticuatro millones ( $ 24.000.000). ARTICULO 3.- Promúlgase el texto aprobado, con excepción de las observaciones formuladas en los artículos anteriores. ARTICULO 4.- Comuníquese a la Honorable Legislatura. ARTICULO 5.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno. ARTICULO 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.-