Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14935
Ley 14935/2017 - PRORROGA POR EL TERMINO DE UN AÑO LA VIGENCIA DE LA LEY 14262 Y MODIFICATORIAS -SUSPENSIÓN DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DICTADAS CONTRA LOS BIENES MUEBLES Y/O INMUEBLES AFECTADOS A FINES DEPORTIVOS ASOCIACIONES CIVILES Y OTROS SIN FINES DE LUCRO.
Estado no verificadoPublicación B.O.: 20/07/2017
Reformas y relaciones normativas
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Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 14935 LEY 14935 EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el término de un (1) año la vigencia de la Ley N° 14262, modificada por las Leyes N° 14366, 14521, 14593, 14713 y 14826 a partir de la fecha de vencimiento de esta última. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los ocho días del mes de Junio del año dos mil diecisiete.